lunes, diciembre 30

Salones de fiesta: ante reclamos en Mar del Plata, aclaran que no se debe pagar Sadaic ni Aadi Capif

La asociación que nuclea a los productores de eventos privados en Mar del Plata y zona recuerdan que el decreto presidencial ya está en vigencia. Afirman que había facturas que alcanzaban los 400 mil pesos.

Desde la Asociación de Productores de Eventos de Mar del Plata y zona de influencia recordaron que ya no es obligatorio pagar a Sadayc (Sociedad de autores y compositores) y Aadi-Capif (Asociación Argentina de intérpretes y Corporación argentina de productores de la industria fonográfica), tras el decreto de Javier Milei.

En diálogo con 0223José María García, titular de la asociación, argumentó que el decreto “es claro” acerca que eventos como cumpleaños de 15, casamientos, aniversarios de bodas, cumpleaños, bautismos o egresados, “son eventos privados, donde el salón es como una continuidad de la casa del que organiza” y como tales, “no se obtiene ningún lucro por pasar música”.

 A través de un comunicado, desde la asociación civil informaron a los marplatenses que “de conformidad con la modificación introducida por el Decreto Nacional Nº765/2024 al Decreto Nº 41.223/24 (reglamentario de la Ley 11.723 de Protección de Derechos Intelectuales), toda actividad que se desarrolla en un ámbito privado, sea este de ocupación permanente o temporal, queda exenta del pago de los derechos que recaudan las asociaciones civiles Sadayc y  Aadi-Capif”.

“Tales actividades son a modo ejemplificativo los casamientos, aniversarios de bodas, cumpleaños, bautismos, egresados, reuniones empresariales o institucionales, etc., aunque sean realizados en lugares particulares o salones destinados a eventos sean estos adheridos a A.P.E. o no”, precisaron en el escrito.

Desde el sector recuerdan que el decreto presidencial ya está en vigencia desde el pasado 28 de agosto y exime del pago a esta clase de eventos, “aunque sí a recitales o fiestas electrónicas”.

La gente nos viene a decir que Sadaic y Aadi Capif les cobraron ya hace unos meses y por ahí la fiesta tiene fecha posterior al decreto. En esos casos les decimos que deben hacer el reclamo a esas oficinas. Estamos a favor de la propiedad intelectual pero consideramos que una fiesta es de carácter privado y que no se deben pagar este tipo de tasas. En total es un 12% del cubierto de la fiesta: Sadaic cobra un 8% y hay que sumar Aadi –Capif, que es un 4%. He visto boletas de casamientos recientes que han tenido que pagar 400 mil pesos”, concluyó García.

Qué dice el decreto

El decreto 765/2024 se apoya en las plataformas digitales que son utilizadas diariamente por gran parte de la población, y que son de fácil acceso, al momento de reproducir pistas musicales.

En ese sentido, fue reemplazado el artículo 33 de la Ley de Propiedad Intelectual (11.723), que establecía originalmente que se entendía como representación o ejecución pública “aquella que se efectúe en cualquier lugar que no sea un domicilio privado y, aún dentro de éste, cuando la representación o ejecución sea proyectada o propalada al exterior”. De esta manera, para la ley el ámbito privado queda completamente excluido de esta normativa.

“Se considerará ejecución pública de una obra musical o cinematográfica, discos, films sonoros, transmisiones radiotelefónicas y su retransmisión o difusión por altavoces la que se efectúe por ejecutantes o por cantantes, así como también la que se realice por medios mecánicos, electrónicos o digitales, incluyendo Internet”, agrega el documento.